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Atlas · Regulación ANEEL

La declaración de interés social no aplica a infraestructura vial, líneas de transmisión y ductos

RespuestaLa declaración de interés social no incide sobre infraestructura vial del SNV, líneas de transmisión y ductos, según el Decreto 9.431/2018.

Revisada el 2026-10-03 · próxima revisión 2027-04-03

Datos

Infraestructura excluidaDescripciónFuenteFecha del dato
Infraestructura vial del SNVSistema Nacional de Vías (SNV)Decreto 9.431/2018, art. 4.º, I28/06/2018
Líneas de transmisiónEstructuras para transmisión de energía eléctricaDecreto 9.431/2018, art. 4.º, II28/06/2018
DuctosInfraestructura para transporte de fluidos (ej.: petróleo, gas)Decreto 9.431/2018, art. 4.º, II28/06/2018

Datos consultados el 03/10/2026.

Base

Como se aplica

La exclusión abarca tres categorías específicas:

1. Infraestructura vial del SNV (ej.: carreteras federales, ferrocarriles, puertos y aeropuertos bajo gestión pública);

2. Líneas de transmisión (independientemente de titularidad, pública o privada);

3. Ductos (para transporte de petróleo, gas natural u otros fluidos).

La regla es automática: cualquier inmueble rural con esas infraestructuras no puede ser declarado de interés social para fines de reforma agraria, incluso si cumple con los demás requisitos legales.

Limites

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