--- slug: exclusao-infra lang: es titulo: La declaración de interés social no aplica a infraestructura vial, líneas de transmisión y ductos resposta: La declaración de interés social no incide sobre infraestructura vial del SNV, líneas de transmisión y ductos, según el Decreto 9.431/2018. curto: Excluye vías, transmisión y ductos tema: Regulación ANEEL revisada: 2026-10-03 proxima: 2027-04-03 --- ## Datos | Infraestructura excluida | Descripción | Fuente | Fecha del dato | |-------------------------|-------------|--------|----------------| | Infraestructura vial del SNV | Sistema Nacional de Vías (SNV) | Decreto 9.431/2018, art. 4.º, I | 28/06/2018 | | Líneas de transmisión | Estructuras para transmisión de energía eléctrica | Decreto 9.431/2018, art. 4.º, II | 28/06/2018 | | Ductos | Infraestructura para transporte de fluidos (ej.: petróleo, gas) | Decreto 9.431/2018, art. 4.º, II | 28/06/2018 | Datos consultados el 03/10/2026. ## Base - [Decreto 9.431/2018 (Planalto, en portugués)](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2015-2018/2018/decreto/d9431.htm): el art. 4.º establece que la declaración de interés social no se aplica a infraestructura vial del SNV, líneas de transmisión y ductos. ## Como se aplica La exclusión abarca tres categorías específicas: 1. Infraestructura vial del SNV (ej.: carreteras federales, ferrocarriles, puertos y aeropuertos bajo gestión pública); 2. Líneas de transmisión (independientemente de titularidad, pública o privada); 3. Ductos (para transporte de petróleo, gas natural u otros fluidos). La regla es automática: cualquier inmueble rural con esas infraestructuras no puede ser declarado de interés social para fines de reforma agraria, incluso si cumple con los demás requisitos legales. ## Limites - Alcance restringido: La exclusión aplica solo a las tres categorías listadas en el art. 4.º. Otras infraestructuras (ej.: redes de distribución de energía, estaciones de servicio) no están protegidas. - Dependencia de comprobación: El Incra debe verificar, caso por caso, la existencia y naturaleza de la infraestructura excluida en el inmueble rural, pudiendo exigir peritajes técnicos o registros públicos. - Regímenes especiales: Si la infraestructura es objeto de concesión o permiso público, la exclusión no elimina la necesidad de autorización previa del órgano concedente (ej.: ANEEL para líneas de transmisión). - Actualizaciones: El texto no prevé revisión automática de las categorías excluidas. Cambios posteriores deben verificarse en el Decreto 9.431/2018 o en normas que lo modifiquen.