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Atlas · Contratos de energía

Factor de deflación diario aplicado a obligaciones contractuales y pecuniarias a partir del 1° de febrero de 1991

RespuestaEl factor de deflación diario es 1,0116 por día hábil, aplicado acumulativamente a partir del 1° de febrero de 1991.

Revisada el 2026-10-04 · próxima revisión 2027-04-04

Datos

ObligaciónFactor de deflaciónFuenteFecha del dato
Obligaciones contractuales y pecuniarias (1°/set/1990 a 31/jan/1991) sin cláusula de reajuste o con corrección prefijada1,0116 por día hábil, cumulativo a partir de 1°/fev/1991Lei n.º 8.177/1991, art. 27, § 1°12/01/1991

Datos consultados el 04/10/2026.

Base

Como se aplica

El factor de deflación 1,0116 se aplica diariamente y de forma acumulativa a partir del 1° de febrero de 1991, dividiendo el valor nominal de las obligaciones por el resultado de la multiplicación sucesiva del factor por cada día hábil hasta el vencimiento. La regla se aplica a contratos y títulos de crédito (incluidos duplicatas) constituidos entre el 1° de septiembre de 1990 y el 31 de enero de 1991, sin cláusula de reajuste o con corrección monetaria prefijada.

Limites

Todas las fichasVersión en texto (.txt)

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