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Atlas · Licenciamiento

Límite máximo anual para la explotación forestal eventual sin propósito comercial en Reserva Legal es de 20 m³

RespuestaEl límite máximo anual para la explotación forestal eventual sin fin comercial en Reserva Legal es de 20 metros cúbicos, independientemente del tamaño de la propiedad.

Revisada el 2026-10-04 · próxima revisión 2027-04-04

Datos

QuienCriterioLímite anual (m³)FuenteFecha del dato
Propietario o poseedor ruralExplotación forestal eventual sin propósito comercial (consumo en la propia propiedad)20Ley n.º 12.651/2012, art. 2325/05/2012

Datos consultados el 04/10/2026.

Base

Como se aplica

La regla se aplica a todos los propietarios o poseedores rurales, independientemente del tamaño de la propiedad, siempre que la explotación sea eventual (no continua o sistemática) y sin propósito comercial (exclusivamente para consumo propio, como leña o madera para mejoras). La declaración previa al órgano ambiental es obligatoria, pero no exige licenciamiento.

Limites

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