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Atlas · Licenciamiento

El registro de la Cuota de Reserva Ambiental (CRA) es obligatorio en bolsas o sistemas autorizados por el Banco Central

RespuestaTras su emisión, la CRA debe registrarse en bolsas de mercancías de ámbito nacional o en sistemas de registro y liquidación financiera de activos autorizados por el Banco Central de Brasil, en un plazo de 30 días.

Revisada el 2026-10-03 · próxima revisión 2027-04-03

Datos

QuienObligaciónPlazoFuenteFecha del dato
Órgano emisor de la CRARegistro de la CRA en bolsas de mercancías o sistemas autorizados por el Banco Central30 días desde la emisiónLey n.º 12.651/2012, art. 4725/05/2012 (redacción dada por la Ley n.º 12.727/2012)

Datos consultados el 03/10/2026.

Base

Como se aplica

La obligatoriedad recae sobre el órgano ambiental competente del Sistema Nacional del Medio Ambiente (Sisnama) responsable de la emisión de la CRA. El registro debe realizarse en una de las dos modalidades previstas: bolsas de mercancías de ámbito nacional o sistemas de registro y liquidación financiera de activos autorizados por el Banco Central. El plazo es de 30 días corridos a partir de la fecha de emisión del título.

Limites

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