--- slug: prazo-max-repactuacao lang: es titulo: El plazo máximo para el plan de pago en caso de sobreendeudamiento es de 5 años resposta: El plazo máximo para la renegociación de deudas en caso de sobreendeudamiento es de 5 años, según la Ley 14.181/2021. curto: Renegociación en hasta 5 años tema: Mercado libre revisada: 2026-10-03 proxima: 2027-04-03 --- ## Datos | Quien | Situación | Plazo máximo | Fuente | Fecha del dato | |---|---|---|---|---| | Consumidor persona natural | Proceso de renegociación voluntaria (art. 104-A) | 5 años | Ley 14.181/2021, art. 104-A, caput | 06/04/2021 | | Consumidor persona natural | Proceso judicial compulsorio (art. 104-B) | 5 años (180 días para el primer pago + pagos mensuales) | Ley 14.181/2021, art. 104-B, § 4º | 06/04/2021 | Datos consultados el 03/10/2026. ## Base - [Ley n.º 14.181/2021 (Planalto, en portugués)](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2019-2022/2021/lei/l14181.htm): el art. 104-A establece el plazo máximo de 5 años para el plan de pago voluntario en audiencia conciliatoria; el art. 104-B prevé el mismo plazo para el plan judicial compulsorio, con detalles sobre el parcelamiento. ## Como se aplica El plazo de 5 años se aplica tanto a la renegociación voluntaria (art. 104-A) como a la compulsoria (art. 104-B). En el caso judicial, el primer pago debe realizarse en hasta 180 días después de la homologación, y el resto en pagos mensuales iguales. Ambos procesos buscan preservar el mínimo existencial del consumidor. ## Limites - Exclusiones: no se aplica a deudas derivadas de contratos celebrados dolosamente, créditos rurales, financiaciones inmobiliarias o con garantía real (art. 104-A, § 1º). - Repetición: un nuevo pedido solo es posible después de 2 años de la liquidación del plan anterior (art. 104-A, § 5º). - Regulamentación: el plazo depende de la regulamentación sobre el mínimo existencial (arts. 54-A, § 1º, y 104-A, caput). - Fuente oficial: deben verificarse cambios posteriores en la Ley 14.181/2021 o en los reglamentos del CDC.