--- slug: multa-minima lang: es titulo: Valor mínimo de multas ambientales en el Decreto 3179/1999 es de R$ 50,00 resposta: El valor mínimo establecido para multas ambientales en el Decreto 3179/1999 es de R$ 50,00, según el art. 5.º. curto: Multa mínima: R$ 50,00 tema: Licenciamiento revisada: 2026-10-03 proxima: 2027-04-03 --- ## Datos | Quien | Criterio | Valor mínimo de la multa | Fuente | Fecha del dato | |---|---|---|---|---| | Cualquier infractor ambiental | Infracciones previstas en el Decreto 3179/1999 | R$ 50,00 | Decreto 3179/1999, art. 5.º | 21/04/1999 | Datos consultados el 03/10/2026. ## Base - [Decreto n.º 3179/1999 (Planalto, en portugués)](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/decreto/d3179.htm): el art. 5.º establece que el valor de la multa será corregido periódicamente, con base en índices legales, siendo el mínimo de R$ 50,00 (cincuenta reales). ## Como se aplica El valor mínimo de R$ 50,00 se aplica a todas las multas previstas en el Decreto 3179/1999, independientemente de la infracción específica. La autoridad competente puede aumentar, mantener o reducir el valor dentro de los límites establecidos, observando criterios como gravedad de los hechos, antecedentes del infractor y situación económica (art. 6.º y 7.º). La corrección monetaria se realiza periódicamente conforme a la legislación pertinente. ## Limites - El valor mínimo de R$ 50,00 no se aplica a multas específicas ya fijadas en valores superiores en los artículos siguientes (ej.: R$ 200,00 para recolección de material zoológico sin licencia, art. 14). - La corrección monetaria no está detallada en el texto; debe verificarse en la legislación vigente en el momento de la aplicación. - Multas con valores mínimos distintos (ej.: R$ 100,00 para reserva legal, art. 38) prevalecen sobre el límite general del art. 5.º. - Modificaciones posteriores al Decreto 3179/1999 (ej.: Decretos 5.523/2005, 5.975/2006) pueden haber modificado valores mínimos o criterios; deben consultarse en la fuente oficial.